Octavo precepto de la publicidad efectiva

La serie «Diez preceptos de la publicidad efectiva» que continúa con esta novena entrada, está concebida como para aportar alguno que otro entendimiento a aquellas PyMES cuyo emprendimiento en ocasiones palidece como consecuencia de una floja o equivocada estrategia de comunicación. Y por lo demás, como para aterrizar también a aquellos jugadores de grandes ligas que de vez en cuando, pierden el Norte por andar “entreteniendo” en vez de “venderle” a su audiencia.

VIII. Precepto: Constancia de estilo— La siguiente norma es consecuencia del Séptimo Precepto. Un estilo publicitario en particular debe preservarse por un buen período de tiempo. Sería contraproducente dirigir tal cual desarrollar una marca fundamentado en el cambio de publicidad cada seis meses. Por lo general, la saciedad publicitaria se evidencia con mayor frecuencia del lado de la marca (particularmente, como consecuencia de las mañas del gerente) y no como podría pensarse, por la saturación del consumidor.

Si por alguna razón fuese imperativo algún tipo de ajuste al estilo del anuncio, debe procurarse evitar cualquier pauta de interrupción abrupta. El carácter de los ajustes a favor de una campaña publicitaria, debe en la medida de las posibilidades, ser leve y en forma tal como para aún permitir al consumidor su asociación con la versión anterior de la publicidad.